Invima: Colombia reglamenta la prohibición de pruebas en animales para cosméticos se exigirá nueva certificación
El Gobierno Nacional dio un paso clave en la regulación de la industria cosmética con la expedición de la Resolución 0814 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social, norma que reglamenta oficialmente la prohibición de las pruebas en animales para productos cosméticos en Colombia. La medida, anunciada el 6 de mayo de 2026, desarrolla la Ley 2047 de 2020 y establece nuevos requisitos obligatorios para fabricantes, importadores y comercializadores del sector.
Con esta reglamentación, Colombia busca fortalecer el bienestar animal, impulsar métodos alternativos de evaluación científica y alinearse con estándares internacionales más éticos y sostenibles en la industria de la belleza y el cuidado personal.
Nuevo requisito obligatorio ante el Invima
Uno de los puntos más relevantes de la nueva normativa es la implementación de una declaración de conformidad de primera parte, documento que deberá presentarse ante el Invima para obtener o renovar la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) de productos cosméticos.
A través de esta certificación, el titular o importador deberá garantizar que ni el producto final ni sus ingredientes fueron sometidos a pruebas en animales. La resolución establece que esta declaración tendrá la misma vigencia que la NSO y será indispensable para nuevas solicitudes y renovaciones de registros sanitarios.
Aunque para las modificaciones de NSO ya vigentes la medida será voluntaria inicialmente, el Invima confirmó que revisará el cumplimiento de este requisito en todas las etapas de vigilancia y control sanitario. En caso de no presentar el documento, la entidad podrá requerir información adicional o incluso rechazar el trámite correspondiente.
La reglamentación aplica a toda la cadena de suministro de cosméticos en el país, incluyendo fabricantes, importadores paralelos, distribuidores y comercializadores. El objetivo es garantizar que ningún producto cosmético que haya sido sometido a pruebas en animales pueda ser fabricado, importado, exportado o comercializado legalmente en Colombia.
Excepciones limitadas y control sanitario
La resolución contempla algunas excepciones específicas en las que se permitirá el uso de información derivada de pruebas en animales. Sin embargo, estas situaciones deberán estar plenamente justificadas técnicamente ante el Invima.
La primera excepción aplica cuando un ingrediente requiera estudios de seguridad debido a riesgos para la salud humana o el medio ambiente y no existan métodos alternativos validados científicamente. La segunda contempla casos en los que los datos provenientes de pruebas en animales hayan sido obtenidos para fines diferentes al cosmético, como otros usos regulatorios o farmacéuticos.
Pese a estas excepciones, el Ministerio de Salud enfatizó que la prioridad es fomentar el uso de métodos alternativos, como pruebas in vitro y otras tecnologías científicas que reduzcan o eliminen la necesidad de experimentación animal.
El Invima también puso a disposición de las empresas un formato estándar en Excel para facilitar la presentación de la declaración de conformidad. Este documento servirá como guía para cumplir correctamente con el nuevo requisito y agilizar los procesos administrativos relacionados con la NSO.
Colombia avanza hacia estándares éticos internacionales
La reglamentación de las pruebas en animales para cosméticos representa un avance significativo en la protección animal y en la modernización de la industria cosmética colombiana. Aunque la Ley 2047 de 2020 ya había establecido la prohibición, hacía falta una regulación clara que permitiera su aplicación práctica y definiera los mecanismos de control.
Con esta resolución, Colombia se suma a la tendencia internacional de prohibir la experimentación animal en productos cosméticos, una práctica que ha sido restringida o eliminada en diferentes países y regiones del mundo.
Organizaciones defensoras de los animales y sectores ambientalistas han destacado la importancia de esta decisión, al considerar que promueve modelos más éticos de producción y consumo. Asimismo, expertos señalan que la medida puede incentivar la innovación tecnológica en laboratorios y empresas dedicadas al desarrollo de cosméticos.
La entrada en vigencia de la Resolución 0814 de 2026 marca un nuevo escenario para el mercado cosmético nacional, donde las compañías deberán adaptarse a mayores exigencias regulatorias y demostrar transparencia sobre el origen y evaluación de sus productos.
De esta manera, el país fortalece su marco sanitario y reafirma el compromiso institucional con la eliminación progresiva de las pruebas en animales dentro de la industria cosmética.

Imagenes e información suministradas por INVIMA
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