Emergencia Humanitaria en el Cauca: Gobernación declara Emergencia Humanitaria y Alerta Roja Hospitalaria por sobreocupación de la red de salud
La Gobernación del Cauca, a través de la Secretaría de Salud Departamental, declaró el estado de Emergencia Humanitaria y Alerta Roja Hospitalaria en toda la red de prestadores de servicios de salud del departamento. La medida quedó oficializada mediante la Circular 336 del 10 de agosto de 2026 y busca ordenar la atención, regular las remisiones y proteger a los pacientes con mayor riesgo vital.
La decisión se toma ante los niveles críticos de ocupación registrados en urgencias, hospitalización y cuidado crítico, sumados a las afectaciones generadas por el reciente evento telúrico en la región y la limitada disponibilidad de instituciones receptoras en otros departamentos.
Niveles críticos de ocupación reportados por el CRUE Cauca
De acuerdo con los reportes oficiales del Centro Regulador de Urgencias, Emergencias y Desastres (CRUE Cauca), durante 2026 la red de mediana y alta complejidad ha mantenido promedios de ocupación entre el 180 % y el 200 % en hospitalización, cifras similares en las unidades de cuidado crítico y un 195 % en los servicios de urgencias. Esta situación reduce de manera significativa la capacidad de respuesta frente a casos graves y eleva el riesgo para quienes requieren atención inmediata.
La declaratoria de Emergencia Humanitaria no implica el cierre de ningún servicio. Se trata de la adopción de medidas extraordinarias que permiten priorizar la atención según el riesgo para la vida de los pacientes y descongestionar los servicios de mayor complejidad.
Regulación de remisiones y obligaciones de las EAPB
A partir de la vigencia de la circular, toda remisión interinstitucional o interdepartamental hacia las IPS del Cauca deberá contar con autorización previa del CRUE Cauca, confirmación de disponibilidad de cama, verificación de capacidad resolutiva y aceptación institucional documentada. Los centros reguladores de otros departamentos deberán coordinar previamente cualquier traslado con el CRUE Cauca.
Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB) tienen la obligación de intensificar la búsqueda de camas disponibles, activar sus redes alternas y de contingencia, garantizar el transporte asistencial y fortalecer la atención primaria en los municipios. El objetivo es contribuir de forma efectiva a la descongestión de los servicios de urgencias departamentales.
Priorización de emergencias vitales y medidas en las IPS
Mientras se mantenga la Emergencia Humanitaria, los servicios de alta complejidad priorizarán exclusivamente los eventos tiempo-dependientes y las emergencias vitales: trauma mayor, infarto agudo de miocardio, accidente cerebrovascular, emergencias obstétricas, sepsis y choque séptico, abdomen agudo y pacientes que requieran ingreso inmediato a una Unidad de Cuidados Intensivos.
Los casos de menor complejidad deberán ser atendidos de forma prioritaria en las redes de origen de los municipios o en las IPS de baja complejidad contratadas por las EAPB, evitando remisiones innecesarias hacia los hospitales de mayor nivel.
Todas las instituciones prestadoras de servicios de salud, tanto públicas como privadas, deberán activar de inmediato sus planes institucionales de emergencia y contingencia. Además, están obligadas a reportar al CRUE Cauca, como mínimo cada 12 horas, la disponibilidad de camas, la ocupación de urgencias y la capacidad operativa real. También deberán implementar estrategias de altas tempranas para aquellos pacientes que, según su condición clínica, puedan continuar su tratamiento en modalidad domiciliaria o en instituciones de menor complejidad.
Como medida adicional, se suspenden los procedimientos quirúrgicos no urgentes o electivos que requieran hospitalización o uso de UCI, hasta nueva orden de la autoridad sanitaria.
La Secretaría de Salud Departamental, a través del CRUE Cauca, realizará seguimiento permanente a la situación y podrá intervenir de oficio cuando se presenten demoras injustificadas en los procesos de referencia. El incumplimiento de estas directrices podrá dar lugar a investigaciones y actuaciones administrativas.
La declaratoria de Emergencia Humanitaria permanecerá vigente mientras subsistan las causas que la originaron o hasta que la Secretaría de Salud Departamental emita una disposición oficial en sentido contrario. La Gobernación del Cauca y la Secretaría de Salud Departamental hacen un llamado a todos los actores de la red a mantener la coordinación permanente y a cumplir las medidas establecidas, con el único propósito de garantizar una atención oportuna y proteger la vida de los pacientes que más lo necesitan.
Canales de atención del CRUE Cauca • 321 700 5336 • 321 812 8623 • [email protected]
Imagenes e información suministradas por la Gobernación del Cauca
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